Personas con préstamos
¿Qué ocurre con mi préstamo
ahora que ha quebrado mi banco?
Puede que la FDIC haya vendido su préstamo tras el cierre o que
la FDIC lo haya retenido temporalmente. En cualquier caso, su obligación
de continuar realizando sus pagos no ha cambiado. Varios días después
del cierre, recibirá una notificación de la FDIC y de la
entidad que realice la adquisición con información sobre
dónde enviar sus pagos en el futuro.
En el caso de préstamos no pagadas, la FDIC podrá “compensar” la
deuda con los depósitos de la persona que ha tomado el préstamo
(si existen) antes de pagar el seguro del depósito. En el caso de
un préstamo no impago, el depositante puede elegir "compensar" la
deuda con sus depósitos para recibir el valor completo de cualquier
monto no asegurado (por ejemplo, fondos que excedan el límite del
seguro de $250,000). En cualquier caso, la "compensación" no
es posible hasta que las obligaciones sean "mutuas", es decir,
que el tomador del préstamo y el depositante deben ser la misma
persona o entidad legal y estar actuando bajo la misma capacidad
legal.
¿Qué ocurre si la FDIC vende mi préstamo?
Los préstamos son instrumentos negociables que se venden a menudo
en los mercados financieros. Cuando se vende un préstamo, el tomador
del préstamo retiene todos los derechos y obligaciones asociados
con el préstamo. El tomador del préstamo recibirá una
notificación del nuevo propietario del préstamo junto con
instrucciones de pago.
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