FDIC Consumer News - Verano del 2017
Estimada FDIC: Más respuestas a preguntas de los consumidores sobre el seguro de depósitos
Tengo una cuenta prepagada y entiendo que podría estar asegurada por la FDIC. ¿Qué es lo que debo saber?
Muchos consumidores están eligiendo hacer compras en tiendas, retirar efectivo de un cajero automático y pagar facturas comunes en línea aprovechando el dinero que depositaron en cuentas prepagadas en bancos u otras empresas. Esta transacción normalmente implica usar una tarjeta similar a una tarjeta de débito, excepto que por lo general el dinero no está unido a una cuenta de cheques o de ahorro. Los titulares de la cuenta también pueden acceder a la cuenta prepagada en línea o mediante una aplicación en un teléfono inteligente.
Muchos clientes nos preguntan si los fondos que usaron para establecer la cuenta prepagada están asegurados por la FDIC. "Lo más importante que hay que recordar es que la cobertura del seguro de depósitos de la FDIC se basa en la titularidad de los fondos. Y, por supuesto, la cobertura del seguro de depósitos solo se aplica cuando el banco quiebra" dice Martin Becker, jefe de la Sección de Seguro de Depósitos de la FDIC.
"Para garantizar su titularidad sobre los fondos en el caso que el banco quiebre, usted debe registrar su tarjeta prepagada según las instrucciones provistas por el emisor de la tarjeta", agregó. "La cobertura del seguro de depósitos no aplica si pierde la tarjeta prepagada o alguien obtiene acceso a su tarjeta o a su cuenta y roba los fondos. En estas situaciones pueden haber otras opciones legales disponibles para intentar recuperar sus fondos según se detalla en el contrato de su cuenta y según lo pueda exigir la ley estatal o federal".
Como titular de la tarjeta, usted es el responsable de registrarla. Además, el emisor de la tarjeta debe cumplir ciertos requisitos para que sus fondos sean elegibles para la cobertura del seguro de depósitos de la FDIC. Primero, la cuenta debe estar apropiadamente titulada en los registros del banco e indicar que el proveedor de la cuenta prepagada actuará como el agente del titular de la tarjeta, lo que puede incluir obligaciones tales como transferir fondos en su nombre cuando usted haga compras; y mantener un registro del balance en su tarjeta prepagada a medida que usted agregue o retire fondos. Segundo, si el banco quiebra, el emisor de la tarjeta, actuando como su agente, deberá proveer a la FDIC una lista de la identidad de cada titular de la tarjeta y la cantidad que había en su tarjeta al momento del quiebre del banco. Tercero, el acuerdo contractual entre la institución financiera, el emisor de la tarjeta prepagada y el titular de la tarjeta debe indicar que los titulares individuales de las tarjetas son los dueños de los fondos.
Algunas cuentas prepagadas se establecen directamente en bancos asegurados por la FDIC. De la misma manera que cualquier cuenta establecida directamente con un banco, sus fondos se encontrarán automáticamente asegurados por hasta $250,000 si su banco quiebra.
La FDIC tiene una nueva página web sobre cuentas prepagadas en www.fdic.gov/deposit/deposits/prepaid_esp.html.
Yo ya pagué los gastos de mi entierro y firmé un contrato para un servicio fúnebre con una funeraria, la cual depositó el dinero en una cuenta bancaria para estos fines. Si el banco quiebra, ¿el dinero me lo devuelven a mí, o se lo devuelven a la funeraria? De cualquier manera, ¿qué necesito saber para estar totalmente protegido?
"La primera pregunta que hay que hacerse cuando se habla de la cobertura del seguro de depósitos sobre un dinero pagado por adelantado al hacer un contrato con una funeraria, es "¿Mantengo yo la titularidad sobre esos fondos?"", dice Calvin Troup, especialista sénior en Asuntos del Consumidor. "Eso es porque la cobertura del seguro de depósitos de la FDIC depende de la titularidad de los fondos basándose en la relación entre las partes, de acuerdo a los términos del contrato, a las leyes estatales aplicables y a los registros de depósitos de la cuenta de la institución depositaria asegurada".
Exploremos algunas opciones:
- Si, de acuerdo al contrato de la funeraria, usted retiene la titularidad de los fondos, lo más probable es que la funeraria establezca una cuenta de depósito en garantía a su nombre. El banco en donde se abrió la cuenta de depósito en garantía también lo considerará a usted una parte asegurada. Los fondos se encontrarán asegurados ya sea bajo la categoría de titularidad de la FDIC para cuentas individuales (con una sola persona como titular) o bajo la categoría de cuentas conjuntas (bajo la titularidad de dos o más personas) por el monto de hasta $250,000 por banco. Al abrir la cuenta, la funeraria debe aclarar en los registros de cuentas del banco que está actuando solo a su nombre (por ejemplo, "Funeraria ABC como custodio de Juan Pérez").
- Si, de acuerdo al contrato, usted contrae el compromiso obligatorio de transferir los fondos a la funeraria, entonces dichos fondos pueden ser mantenidos en la cuenta corporativa de la funeraria. Esto significa que en el caso de quiebra del banco, es responsabilidad de la funeraria garantizar que los fondos estén asegurados.
- Si está considerando ingresar en un contrato de "fideicomiso de servicio fúnebre", en el cual usted debe transferir dinero a un fideicomiso para pagar por adelantado los costos del funeral y el entierro, tanto usted como la funeraria podrían ser los titulares de los fondos (como se describe más arriba). Si bien el método para calcular la cobertura dependerá si el fideicomiso es revocable (los términos pueden cambiar) o irrevocable (los términos son fijos), es probable que se limite el monto de la cobertura a un máximo de $250,000 por banco, ya que el propósito del fideicomiso de servicio fúnebre será el de cubrir los gastos del funeral, no el de transferir los fondos a beneficiarios. Además, debe asegurarse que el título de la cuenta bancaria indique que el dinero pertenece a un fideicomiso (como ser un "fideicomiso de servicio fúnebre").
"Antes de firmar un contrato con una funeraria, le conviene consultarlo con su abogado para determinar quién será el dueño de los fondos según los términos del contrato", dice Troup. "Por lo general, el titular de una cuenta es la persona o entidad responsable de informar el interés en las declaraciones fiscales, asumiendo que la cuenta acumule intereses.
Ya sea antes o después de firmar un contrato con una funeraria, la FDIC le puede ayudar a determinar la cobertura aplicable del seguro de depósitos", agregó. "Llámenos para que podamos hablar de su cobertura".
Puede aprender más sobre la cobertura de depósitos de la FDIC llamándonos al 1-877-ASK-FDIC (1-877-275-3342) o ingresando a www.fdic.gov/deposit/spanishlinks.html. Las personas sordas o con problemas auditivos deben comunicarse al 1-800-925-4618.