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Modernización de la determinación del seguro de depósitos en bancos de gran escala Inglés Manejo de Cuentas varias 18 de marzo de 2009 Introducción: Las disposiciones de la norma intentan proteger los fondos que se puedan determinar como excedentes al dejar la institución financiera durante el período entre la fecha de cierre de la institución y la fecha en la que se pueda realizar la determinación final del seguro. Atributos de las cuentas que se ajustan a este formato
Notas: (a) En la medida en que cualquier cuenta de depósito sea parte de una aplicación de depósito cuyo saldo se encuentre en un sistema de depósitos y se incluya en los balances e informes de comprobación de depósitos normales, ese saldo de cuenta generalmente estará sujeto a los requisitos de los bloqueos provisorios de fondos y de informes en virtud de la norma. (b) Si la cuenta DDA representa un resumen de varias cuentas individuales, incluya la cuenta como un total único en la descarga. Antes de cierre, la FDIC solicitará un archivo con los datos de la cuenta que incluya el nombre del titular de la cuenta, el número de cuenta de depósito relacionada, la cantidad del saldo atribuible al tenedor de la cuenta. Una cantidad de estas cuentas puede residir en sistemas externos con solo resúmenes de totales asentados en el libro mayor de las instituciones. En la mayoría de esas situaciones, tales como excedentes de pagos de tarjetas de crédito, estas cuentas no estarán sujetas a los bloqueos provisorios de fondos ni se incluirán en descargas de archivos de depósitos preparados para la FDIC. Sin embargo, tales cuentas podrán ser inspeccionadas en mayor detalle en caso de quiebra bancaria. Las cuentas fuera del alcance de la norma, normalmente serán las cuentas del Libro Mayor utilizadas como cuentas de compensación para los ítems no registrados. Las tarjetas de crédito, tarjetas prepagas, tarjetas de cobro de salarios y otras cuentas similares normalmente no estarán cubiertas debido a los saldos pequeños y a la inaccesibilidad a la información sobre titular de la cuenta. Los saldos que representen beneficios del gobierno pagaderos, tales como vales de comida, subsidio de menores y programas similares no estarían cubiertos. Los saldos que representen beneficios de salud pagaderos a los empleados normalmente no estarán cubiertos. Lo precedente sólo se aplica al cumplimiento de las disposiciones de la norma. Los procedimientos de cierre sólo se referirán a varios de estos tipos de cuentas en forma individual. |
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| Última actualización 06.01.10 | regs@fdic.gov | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||