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Categorías de propiedad
Cuentas mancomunadas
Una cuenta mancomunada es un depósito que pertenece a dos o más personas. Para ser elegible para el seguro en esta categoría de propiedad, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Todos los cotitulares deben ser personas. Las entidades legales como corporaciones, fideicomisos, sucesiones hereditarias o asociaciones no son elegibles para la cobertura de cuentas mancomunadas.
- Todos los cotitulares deben tener los mismos derechos de retiro de los depósitos de la cuenta. Por ejemplo, si un cotitular puede retirar depósitos sólo con su firma pero el otro cotitular sólo puede retirar depósitos con la firma de ambos cotitulares, los cotitulares no tienen los mismos derechos de retiro.
- Todos los cotitulares deben firmar la tarjeta de firma de cuentas de depósito, a menos que la cuenta sea un certificado de depósito (CD) o que haya sido establecida por un agente, persona designada, tutor, custodio, albacea o conservador.
Si se cumplen todos estos requisitos,
la participación
de cada cotitular de todas las cuentas que se mantienen en forma conjunta
en el mismo banco asegurado se suman con otras participaciones del cotitular
y el total se asegura hasta $250.000.
La FDIC asume que todos los cotitulares tienen la misma participación, a menos que los registros de cuentas de depósito establezcan lo contrario.
Por ejemplo, un matrimonio puede tener hasta $500.000
en una o más cuentas mancomunadas en el mismo banco asegurado y los depósitos
estarán totalmente asegurados. La participación por titular correspondiente
al esposo se asegura hasta $250.000 y la participación de la esposa se asegura
hasta $250.000.
La cobertura de seguro de cuentas mancomunadas no se incrementará si se cambia el orden de los nombres de los titulares o si se cambia el título en los nombres de las cuentas. Tampoco se verá afectado el monto de la cobertura de seguro si se alterna el uso de “o”, “y” ó “y/o” para separar los nombres de los cotitulares en un título de cuenta mancomunada.
Del mismo modo, tampoco se incrementará la cobertura de seguro si se utilizan números de Seguro Social diferentes en varias cuentas de los mismos cotitulares.
| Ejemplo de
cuenta mancomunada |
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Título
de la cuenta |
Tipo
de depósito |
Saldo de la cuenta |
| Maria y Juan |
Cuenta NOW |
$ 125.000
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| Juan ó Maria |
Cuenta de ahorro |
200.000
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| Maria ó Juan ó Roberto |
Certificado de depósito (CD) |
300.000
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Depósitos totales |
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$ 625.000
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| La cobertura
de seguro para cada titular se calcula del siguiente modo: |
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Depositantes |
Porción por titular |
Monto asegurado |
Monto no asegurado |
Maria |
$ 262.500
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$ 250.000
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$ 12,500
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Juan |
262.500
|
250.000
|
12,500
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Roberto |
100.000
|
100.000
|
0
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Total |
$ 625.000
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$ 600.000
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$ 25,000
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Explicación:
La participación por titular correspondiente
a Maria en todas las cuentas mancomunadas es igual a la mitad de la cuenta
NOW ($62.500), la mitad de la cuenta de ahorro ($100.000) y un tercio
del certificado de depósito ($100.000), por un total de $262.500. Como
su cobertura en la categoría de propiedad mancomunada está limitada a
$250.000, quedan $12.500 sin asegurar.
La participación por titular correspondiente a Juan en todas las cuentas
mancomunadas es igual a la participación
de Maria, por lo tanto, quedan $12.500 sin asegurar.
La participación por titular correspondiente a Roberto en todas las cuentas
mancomunadas es un tercio del certificado de depósito,
o $100.000, por lo tanto, su participación está totalmente asegurada.
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